10 de enero de 2010

Darse a la fuga en un accidente...

Juan Antonio Carreras / Murcia.

... sale muy barato

Muy al contrario de lo que piensa la sociedad, e incluso un amplio sector de la prensa, darse a la fuga estando implicado en un accidente de circulación no está considerado como delito en nuestra legislación.

Otra cosa bien distinta es el delito de omisión del deber de socorro que comete el implicado en accidente que no socorre a la víctima, y con todos los requisitos legales que exige la ley como son que la víctima se halle desamparada -no puede prestarse ayuda a sí misma y no está recibiendo ayuda de nadie- y en peligro manifiestamente grave, y que el causante no la socorriere cuando pudiera hacerlo sin peligro propio ni de terceros.

Vemos que son muchos los requisitos que se exigen para que alguien pueda ser imputado por este delito de omisión del deber de socorro.

La omisión del socorro

El delito de omisión del deber de socorro propio se introdujo a raíz de casos de accidentes de tráfico en que los infractores se daban a la fuga dejando a las víctimas abandonadas. Hoy en día cabe para cualquier situación.

Pero la gran mayoría de accidentes de circulación son con daños materiales, y para estos casos el conductor que se da a la fuga se expone como mucho a una sanción de 150 euros por infracción al reglamento general de circulación, pero no por darse a la fuga, ya que este precepto no se encuentra regulado, sino por no facilitar sus datos a los demás implicados.

No siempre se encuentra al responsable de darse a la fuga, entre otras cosas porque es difícil que el perjudicado esté presente, y si lo está, no se ha dado cuenta de algo tan simple como la numeración de la matrícula, pero esto es entendible porque acaba de exponerse a una situación sorpresiva.

La fuga esconde otras conductas ilegales

En la mayoría de las ocasiones el causante se da a la fuga para esconder una conducta ilegal, y no ser sorprendido por la policía:

- Conduce bebido o drogado

- Conduce sin tener carnet de conducir, o lo tiene suspendido por otros delitos anteriores. Esta conducta es delito desde finales de 2007 con la reforma del código penal en materia de seguridad vial.

- No tiene seguro obligatorio del vehículo, situación que dejó de ser un hecho criminal para convertirse de nuevo en infracción administrativa.
Como vemos, son mayores las ventajas que conlleva que inconvenientes.

Es necesaria una reforma urgente de la ley para penalizar un comportamiento tan indigno por parte de un conductor, como la insolidaridad de darse a la fuga ante un siniestro, ya que debe mostrar la educación vial que ha adquirido al obtener el carnet de conducir.

Es la sociedad la que debe mover los mecanismos necesarios para que el legislador se de cuenta de la realidad.

1 Response to "Darse a la fuga en un accidente..."

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Carris Says....

¿A nadie le sorprende? Me gustaría debatir sobre este tema con los lectores. Si sabían que la cosa estaba así, si les parece bien o mal, si penalizarían o no, etc.

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